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Por: C.P. Blanca Rosa Juárez Xelo

¿A qué me obliga la NOM 035 STPS 2018?. De acuerdo con la Ley Federal de Metrología y Normalización corresponde a las dependencias de la Administración Pública Federal expedir las Normas Oficiales Mexicanas (reglas técnicas de observancia obligatoria que establecen directrices, especificaciones y características de un proceso, sistema o servicio) y que tienen diversas finalidades, entre las que se encuentran establecer las condiciones de salud, seguridad e higiene que deberán observarse en los centros de trabajo.

Es por ello que con el trabajo conjunto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, el 23 de octubre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM 035-STPS-2018 Factores de riesgo psicosocial en el trabajo – Identificación, análisis y prevención, la cual establece la obligación de los patrones de prevenir la existencia de factores de riesgo psicosocial y la violencia laboral, así como de promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo, aplicable a todos los centros de trabajo que se encuentran en territorio nacional de acuerdo al número de trabajadores con lo que cuenten (hasta 15 trabajadores, de 16 a 50 trabajadores y donde laboren más de 50 trabajadores).

La aplicación de esta norma es paulatina:

· Primera etapa (en vigor a partir del 23 de octubre del 2019): consiste en la definición de políticas, identificación y canalización de personal expuesto a sucesos traumáticos severos y la difusión de información.

· Segunda etapa (entró en vigor a partir del 23 de octubre de 2020: Identificación y análisis de factores de riesgo psicosociales, adopción de medidas de prevención y control, evaluación del ambiente organizacional, práctica de exámenes médicos y registro de resultados.

Su finalidad es mejorar las condiciones de salud en el trabajo, favoreciendo la productividad en las organizaciones y principalmente en la calidad de vida de los trabajadores, pues de acuerdo a datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), México ocupa el primer lugar en estrés laboral y es uno de los países en el que más horas trabaja una persona en el año.

La Norma considera los siguientes criterios de identificación y análisis:

  1. Condiciones en el ambiente de trabajo: Identificación de condiciones peligrosas, inseguras, deficientes y/o insalubres.
  2. Cargas de trabajo: Exigencias de trabajo que excedan su capacidad (cuantitativas, cognitivas, mentales, emocionales o de responsabilidad).
  3. Falta de control sobre el trabajo: Habilidades, conocimiento, participación, manejo del cambio, capacitación del trabajador para la toma de decisiones.
  4. Jornadas de trabajo y rotación de turnos: Duración y horario de la jornada, frecuencia en la rotación, descansos y medidas de prevención y protección al trabajador.
  5. Interferencia en la relación trabajo-familia: Conflictos por atención a responsabilidades laborales durante el tiempo dedicado a la vida familiar o personal.
  6. Relaciones negativas en el trabajo: Interacción y convivencia con el líder o compañeros de trabajo, existencia de actitudes impositivas o agresivas.
  7. Violencia laboral: Acoso, hostigamiento y malos tratos, que dañan la estabilidad psicológica y emocional del trabajador.

Considerando estos elementos de riesgo, las empresas a pequeña, mediana o gran escala deben identificar las problemáticas existentes e implementar las medidas necesarias para combatir los factores de riego psicosociales como estrés laboral y ansiedad, fomentando un buen clima laboral y la mejor convivencia de los colaboradores, para inyectar un sentido de pertenencia a los trabajadores que se traduzca en mejores resultados para las organizaciones y mayores beneficios para los trabajadores.

Es importante tener presente que a quienes incumplan con lo estipulado en la norma referida se le aplicarán multas que van de $26,757.00 hasta $535,350.00.

Acércate con nosotros, en AGER LEX te brindamos el mejor servicio de análisis e identificación de riesgos, así como de implementación de medidas preventivas y correctivas que te lleven a obtener mejores resultados, siempre protegiendo al recurso más importante de tu organización: el capital humano. Nosotros somos un grupo de profesionales que trabaja para ti brindándote la mejor asesoría fiscal, legal, administrativa y de negocios. Contáctanos a través de nuestras redes sociales Facebook e Instagram como AGER LEX Soluciones Empresariales, al WhatsApp al 22.26.73.65.13 y/o 22.22.80.20.56 o escríbenos al correo electrónico agerlexsolemp donde podrás agendar una cita en nuestras oficinas ubicadas en Avenida 6 Poniente numero 922 interior “A”, San Pedro Cholula, Puebla o si lo prefieres te atenderemos de manera virtual vía Zoom para resolver todas tus dudas.

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