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Por: Lic. Román JUÁREZ XELO

¿QUÉ ES LA ASAMBLEA GENERAL Y QUÉ TIPOS EXISTEN?

CHOLULA.- La asamblea general de socios -denominada de accionistas en la sociedad anónima- es la reunión o junta de todos los socios que conforman el órgano supremo de la sociedad, encargado de la dirección y toma de decisiones. La asamblea designa a la persona que emitirá sus acuerdos, ratificará sus actos y operaciones y hará cumplir sus resoluciones.

Todos los actos emitidos por la asamblea de socios, para que surtan efectos jurídicos, constarán por escrito en un documento denominado acta, que deberá cumplir con los requisitos contenidos en el Código de Comercio:

1. Número de acta.

2. Nombre de la sociedad (razón o denominación social).

3. Tipo de órgano que se reúne (junta de socios o asamblea de accionistas).

4. Naturaleza de la reunión (constitutiva, ordinaria, extraordinaria, especial, por derecho propio, segunda convocatoria o universal).

5. Lugar, fecha y hora de la reunión.

6. Nombre de las personas que de acuerdo con los estatutos funjan como presidente y secretario.

7. Convocatoria o citación de los socios.

8. Quórum legal o estatutario solicitado.

9. Lista de asistencia con porcentaje de participación (número de derechos propios o ajenos, acciones suscritas presentes o representadas, etc.).

10. Decisiones y nombramientos aprobados, indicando número de votos emitidos a favor, en contra o en blanco.

11. Verificar que los nombramientos hayan sido efectuados por el órgano competente y que correspondan a cargos previstos en los estatutos o en la ley.

12. Constancia de aprobación del texto del acta por parte del órgano social respectivo o por la comisión designada para el efecto.

13. Fecha y hora de la clausura.

14. Firmas o constancia de las firmas del presidente y el secretario o, en su defecto, el revisor fiscal.

Asamblea ordinaria. Se convoca por el consejo de administración o por el comité de vigilancia con periodicidad mínima de una vez al año, para reunirse en el domicilio legal a tratar asuntos no relacionados con las cláusulas esenciales del contrato social. Necesita para funcionar de un quórum de socios que representen mínimo 50% del capital social y sus resoluciones, para ser válidas, serán emitidas por unanimidad o mayoría de votos.

Asamblea extraordinaria. La asamblea general de socios se reunirá en cualquier tiempo, cuando sea convocada por el órgano de administración o de vigilancia, para resolver sobre asuntos cuyo objeto sea la creación, modificación o derogación de las cláusulas esenciales del contrato social, entre las que se consideran: la prórroga de la duración de la sociedad, su disolución anticipada, el aumento o reducción de su capital social, el cambio de objeto social, el cambio de nacionalidad de la sociedad, su transformación o fusión con otra sociedad, la amortización de sus propias acciones, la emisión de acciones privilegiadas, acciones de goce o de bonos o cualquier otra que exija un quórum especial. Para que sus resoluciones sean válidas, las reuniones deberán celebrarse en el domicilio legal, con la representación de ¾ partes del capital social y por el voto de las acciones que representen 50% del mismo.

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