SOLUCIONES EMPRESARIALES

“Profesionales comprometidos con el éxito de nuestros clientes”

Por: C.P. Blanca Rosa JUÁREZ XELO

¿SABES QUE PASARÁ CON EL OUTSOURCING EN MÉXICO?

CHOLULA.- Desde finales del 2020, el Gobierno Federal, los sindicatos y el sector empresarial dejaron pendiente el debate sobre las reformas a las leyes laborales, específicamente respecto al outsourcing. Es así que, por fin el pasado 23 de abril del 2021 se publicaron el Diario Oficial de la Federación las reformas a diversas leyes para sentar bases más claras acerca de esta figura y combatir la simulación laboral.

Entre las leyes que se reformaron están la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, el Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Entre los principales puntos de la reforma se encuentran los siguientes:

  1. Se prohíbe la subcontratación de personal, entendiéndose esta cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
  2. Sólo se permite la subcontratación de servicios especializados, que no sean parte del objeto social ni de la actividad económica principal, la cual debe formalizarse mediante contrato escrito, en el que se deberá precisar los servicios a proporcionar y el número de personas que los llevarán a cabo.
  3. Las empresas deberán registrarse en un padrón ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), cuyo registro procederá siempre que acrediten estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social y que deberá renovarse cada 3 años.

  1. La STPS tendrá 1 mes de plazo, posterior a la publicación de la reforma, para emitir los lineamientos bajo los cuales las empresas deberán registrase en el citado padrón.
  2. Se fija el plazo de 3 meses, posteriores a la publicación de los lineamientos, para que las empresas se regularicen en esta materia.
  3. Establece la obligación cuatrimestral de proporcionar información respecto de los contratos de servicios especializados celebrados por las empresas.
  4. Respecto a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, también se establecieron los lineamientos para que ya no exista subcontratación de personal.
  5. Establece condicionantes para la deducción y acreditamiento de pagos y contraprestaciones por concepto de subcontratación.

Es importante que las empresas revisen sus plantillas laborales para no ser sujetas de sanciones por incumplimiento a estas nuevas disposiciones, además de que es preciso evaluar las necesidades y requerimientos, ya que las empresas que reciban los servicios serán responsables solidarias en relación con los trabajadores.

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